El 13 de marzo se notificó a la Federación de Servicios Públicos de UGT la sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN, por la que considera este tribunal que las Licencias y permisos regidos en convenio colectivo NO SE SUSPENDEN con la entrada en vigor del R.D.L. 20/2012, de 13 de julio.En consecuencia, declara contraria a derecho la suspensión del artículo 77, relativo a Licencias y Permisos, del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, declarándose su vigencia y aplicación de dicho precepto.
Fundamenta la sentencia que la Comunidad Autónoma no tiene competencias para regular derechos laborales; artículo 149.1.7 de la Constitución Española.
UN SALUDO
Texto de la sentencia
Enlace a la Web de la Federación de Servicios Públicos de la UGT